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La Asociación de Protección a la Infancia se constituye en 1929 con el objeto de prestar asistencia social y proporcionar protección y amparo a los niños de escasos recursos, siendo su función principal la distribución de desayunos como complemento de la dieta de los niños mal alimentados.
Ocho años más tarde, el presidente Lázaro Cárdenas instituye la Secretaría de Asistencia Pública. Esta secretaría perduró hasta 1943, fecha en que se fusiona con el departamento de Salubridad Pública, integrando a todos los organismos que correspondían a la beneficencia pública. En 1961 se funda el Instituto Nacional de Protección a la Infancia (INPI), que como órgano descentralizado responde a la creciente demanda de servicios en este rubro.
Con el fin de contribuir a la solución de los problemas originados en la niñez por el abandono y explotación de los menores, se constituye en 1968 el Instituto Mexicano de Asistencia a la Niñez (IMAN). Esta institución, paralela al INPI, amplía su radio de acción en la solución de la problemática inherente a la infancia.
A finales de 1974 el INPI reorganiza sus funciones y objetivos, ampliando sus atribuciones y procurando el desarrollo integral de la niñez con labores de promoción del bienestar social en los aspectos de cultura, nutrición y asistencia médica, social y económica. Como consecuencia de la extensión de atribuciones y objetivos surge el Instituto Mexicano para la Infancia y Familia.
En enero de 1977, por decreto del Presidente José López Portillo, se fusionan el INPI y el IMAN, creándose así el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), que en 1982 se convierte en órgano descentralizado del Sector Salud, responsabilizándose de la realización de los programas de asistencia social del Gobierno de la República tras adecuar sus objetivos y organización. La Secretaría de Salubridad y Asistencia, hoy Secretaría de Salud, aportaba los recursos que hasta entonces venía destinando a servicios de asistencia social y de rehabilitación de carácter no hospitalario.
Es hasta enero de 1986 cuando la asistencia social registra la transformación radical de su perfil histórico, al comprometerse el Estado Mexicano a proporcionar servicios asistenciales en forma permanente, a través de la Ley sobre el Sistema Nacional de Asistencia Social, ordenamiento jurídico que otorga un marco adecuado, tanto normativo como de coordinación de servicios que prestan instituciones públicas y privadas en la materia.
De igual forma el Estado de Coahuila decreta la Ley Orgánica del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, publicada en el Periódico Oficial No. 30 de fecha 8 de abril de 1977. En esta ley se establece que el organismo rector de la asistencia social en el ámbito estatal es el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Coahuila de Zaragoza, que se encargará tanto de la prestación de servicios asistenciales como de la promoción y coordinación de acciones que en este campo lleven a cabo las instituciones públicas y privadas.El 20 de marzo de 1984 el Periódico Oficial No. 23 publica la Ley que establece la estructura, organización y funcionamiento del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Coahuila de Zaragoza.
El 8 de septiembre de 1987 el Congreso del Estado de Coahuila decreta la Ley Estatal de Asistencia Social, en la que se establece de forma prioritaria que el Gobierno del Estado proporcionará servicios de asistencia social encaminados al desarrollo integral de la familia, entendida ésta como la célula de la sociedad que facilita a sus miembros los elementos que requieren en las diversas circunstancias de su desarrollo. Del mismo modo, se compromete a apoyar en su formación y subsistencia a individuos con carencias familiares esenciales.
Actualmente, la promoción de las actividades relacionadas con la asistencia social: la prestación de servicios asistenciales, así como la coordinación del Sistema Estatal de Asistencia Social y la realización de las demás acciones y actividades, se determinan en la Ley de Asistencia Social para el Estado de Coahuila de Zaragoza, que el Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza decretara el día dos del mes de diciembre de 1997 y se publicara en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila el día 23 de enero de 1998. |